Naturalización
Preguntas frecuentes sobre el proceso de naturalización en Panamá
La naturalización es el proceso mediante el cual un extranjero obtiene la nacionalidad panameña. Al naturalizarte, adquieres los mismos derechos y deberes que un ciudadano panameño, incluyendo la posibilidad de obtener cédula y pasaporte, votar y ejercer actividades reservadas a nacionales.
Por lo general, se requiere haber residido de forma continua y legal durante al menos 5 años como residente permanente. Existen excepciones (por ejemplo, matrimonios con panameños o nacionales de países iberoamericanos) donde el tiempo puede ser menor.
Debes contar con una residencia permanente vigente otorgada por el Servicio Nacional de Migración.
No. Para iniciar el trámite de naturalización, tu residencia debe estar vigente y no en trámite de renovación.
La solvencia económica en el proceso de naturalización puede ser demostrada de muchas maneras. Se deben aportar por lo menos dos de los siguientes requisitos: • Carta bancaria con 4 cifras medias • Carta de trabajo y ficha de seguro social vigente con 9 cuotas • Declaración de renta con mínimo de renta gravable de US$12,000.00 • Certificación de Jubilación De ser inversionista, podrá probar su solvencia mediante constancia de propiedad de bien inmueble, o prueba de capital invertido en algún negocio, cuyo beneficiario final sea el solicitante. Sí. Es requisito presentar una declaración de renta anual mayor a $12,000, según lo exige Migración para comprobar solvencia económica.
Sí. Durante el proceso deberás aprobar una entrevista y examen sobre idioma español, historia y cultura panameña.
Incluyen (entre otros): • Copia del pasaporte vigente • Copia del carné de residente permanente • Récord policivo de Panamá y del país de origen (si aplica) • Declaración de renta • Certificados de nacimiento y matrimonio (si aplica) • Fotografías y formulario de solicitud oficial
Debes solicitarlo ante la autoridad policial o judicial competente en tu país. El documento debe estar apostillado o legalizado y traducido al español si está en otro idioma.
Si tu ausencia supera un mes, deberás presentar el récord policivo de tu país de origen actualizado como parte de los requisitos. En el caso de que la persona no ha salido del país por más de tres meses en los últimos cinco, tres o dos años (según corresponda), puede acreditar la ausencia de antecedentes penales mediante una Declaración Jurada que la justifique.
Sí. Todos los documentos emitidos fuera de Panamá deben estar apostillados (si el país forma parte del Convenio de La Haya) o legalizados en el consulado panameño correspondiente.
No debe exceder los seis (6) meses desde su fecha de emisión al momento de presentar la solicitud.
Con tu carné de residente permanente y los sellos de entrada y salida del país que figuren en tu pasaporte.
La solicitud se presenta ante el Servicio Nacional de Migración, y posteriormente es evaluada por el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Órgano Ejecutivo.
El proceso puede demorar entre 12 a 24 meses, dependiendo del volumen de solicitudes y la documentación aportada. También puede demorar entre uno a cinco años, dependiendo del volumen de solicitudes y la documentación aportada.
Sí, pero se recomienda no ausentarse por períodos prolongados, ya que podría afectar la continuidad del proceso o generar requerimientos adicionales.
Sí. Puedes hacerlo directamente en Migración o, si gestionas el trámite con un abogado, él podrá dar seguimiento en tu representación.
Puedes presentar una nueva solicitud una vez cumplas con los requisitos observados o corregidos según lo indicado por las autoridades.
El costo varía según los documentos y servicios requeridos, pero generalmente incluye: • Tasas gubernamentales • Traducciones, apostillas o legalizaciones • Honorarios de abogado (si aplica)
No, se requiere que la solicitud se realice mediante abogado.
Sí. Nuestro equipo puede orientarte paso a paso y, si lo deseas, ponerte en contacto con un contador o traductor oficial para completar tus requisitos según sea tu caso.
En ese caso, puedes solicitar la naturalización tras 3 años de matrimonio y residencia continua en Panamá, cumpliendo los demás requisitos.
El tiempo de residencia exigido puede reducirse a 3 años, según los convenios internacionales suscritos por Panamá.
No. Los hijos menores deberán tramitar su nacionalidad por separado, una vez el padre o madre obtenga la naturalización.
Dependiendo de la gravedad y tipo de delito, podrías ser inhabilitado temporal o permanentemente para optar por la nacionalidad panameña.
Depende del país de origen. Panamá permite doble nacionalidad solo con países con los que mantiene convenio. En caso contrario, deberás renunciar a tu nacionalidad previa.
Una vez emitido el decreto de naturalización, debes acudir al Tribunal Electoral para tramitar tu cédula de ciudadano panameño.
Sí, después de recibir tu cédula, podrás solicitar el pasaporte panameño ante la Dirección de Pasaportes.
Obtienes los mismos derechos y deberes que un ciudadano panameño, incluyendo: • Derecho al voto • Derecho a residir y trabajar sin restricciones • Cumplir con las leyes y deberes cívicos del país
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